Medidas Paterno Filiales
Regulan la relación de los progenitores con los menores habidos en la relación de parejas de hecho o asimiladas
Las medidas paternofiliales de mutuo acuerdo, es el procedimiento de familia que, siguiendo el mismo cauce procesal que el divorcio o separación de mutuo acuerdo previsto en el artículo 777 LEC, regulan la relación de los progenitores con los menores habidos en la relación de parejas de hecho o asimiladas, mediante un convenio regulador que cumpla los requisitos previstos en el articulo 90 del Codigo Civil.
Requisitos para las medidas paterno filiales
- No es necesario ningún requisito de temporal mínimo de convivencia.
- Ambos progenitores deben estar de acuerdo.
- Existen menores de edad.
- Sigue el mismo cauce procesal que el divorcio o separación de mutuo acuerdo previsto en el artículo 777 LEC
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