Medidas Paterno Filiales

Regulan la relación de los progenitores con los menores habidos en la relación de parejas de hecho o asimiladas

Las medidas paternofiliales de mutuo acuerdo, es el procedimiento de familia que, siguiendo el mismo cauce procesal que el divorcio o separación de mutuo acuerdo previsto en el artículo 777 LEC, regulan la relación de los progenitores con los menores habidos en la relación de parejas de hecho o asimiladas, mediante un convenio regulador que cumpla los requisitos previstos en el articulo 90 del Codigo Civil.

Requisitos para las medidas paterno filiales

  • No es necesario ningún requisito de temporal mínimo de convivencia.
  • Ambos progenitores deben estar de acuerdo.
  • Existen menores de edad.
  • Sigue el mismo cauce procesal que el divorcio o separación de mutuo acuerdo previsto en el artículo 777 LEC

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